La Reforma Tributaria de 2016 cambió las reglas de juego en materia fiscal y estableció un antes y un después en el cálculo del impuesto a la renta de las personas naturales que se verá por primera vez reflejado en la declaración del año gravable 2017, es decir, la que diligencien los más de 2 millones de personas obligadas a declarar este gravamen este año.
Entre las mayores novedades que introdujo la Ley destaca la simplificación de este tributo a través de la eliminación del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Iman) y del Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (Imas) para crear una determinación cedular que permita clasificar los ingresos según su origen.
De este modo, los contribuyentes deberán empezar a ser más minuciosos a la hora de clasificar cada uno de sus ingresos pues la depuración se efectuará de manera independiente y con distintas reglas en las cinco cédulas establecidas: rentas de trabajo, de pensiones, de capital, no laborables y dividendos y participaciones. Finalmente, el gravamen será el resultado de la suma de la determinación que arroje cada una de ellas.
¿Estoy obligado a declarar?