

Siete aspectos que un inversionista debe saber sobre la regulación contable para empresas en Colombia:
Número uno: Colombia adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF (IFRS por sus siglas en inglés) y clasificó a las compañías en dos grupos: Las entidades del grupo I fueron requeridas para preparar sus Estados Financieros del 2015 y siguientes, bajo los principios contables aplicando el marco contable de NIIF plenas. Las compañías pertenecientes al grupo II a partir del año 2016 aplicarían el marco contable NIIF para PYMES.
Todas las personas naturales y jurídicas que en Colombia presenten información financiera, deben aplicar los marcos normativos vigentes, teniendo en cuenta sus características propias a la aplicación voluntaria. Los cambios en la aplicación del marco contable solo pueden ocurrir una vez se hayan presentado estados financieros de al menos dos periodos comparativos.
Numero dos: el proceso de convergencia a NIIF es un proceso global y no meramente contable. Esto quiere decir que afecta a toda la organización dentro de las empresas y no solamente al área contable y financiera. Se requerirá una implementación cuidadosa para que todas las áreas del negocio estén alienadas.
Número tres: las NIIF emitidas por la Junta de Normas Internacionales de contabilidad (IASB International Accounting Standards Board) no se adoptan inmediatamente en Colombia, hay un proceso en el cual estas reglas son revisadas por el Gobierno, esto quiere decir que pueden existir diferentes entre las NIIF adoptadas en Colombia y las NIIF completas y emitidas por el IASB. La adopción de las NIIF, significa un paso significativo de Colombia hacia la internacionalización y las buenas prácticas de gobierno corporativo.
Número cuatro: para efectos fiscales, de acuerdo con la reforma tributaria de 2016 (vigente desde el 01-01-2017), las bases contables serán el punto de partida para el cálculo de impuestos, más o menos ciertos ajustes específicos. Aun cuando el código tributario colombiano adoptó los conceptos de las NIIF y creó un fuerte vínculo entre la contabilidad y los impuestos, subsisten diferencias significativas.
Número cinco: la reforma tributaria obliga a los contribuyentes a mantener un “sistema de conciliación” entre las bases financieras y fiscales. No obstante, se emitirán nuevos reglamentos que describirán las características de dicho sistema de conciliación, lo que podría dar a lugar a desarrollos adicionales en el libro fiscal existente, utilizado hasta 2016 para conciliar las cifras bajo la NIIF y las cifras para efectos fiscales.
Número seis: en Colombia, las Normas Internacionales de Auditoria fueron adoptadas.
Número siete: En Colombia se inició el proceso de implementación de la facturación electrónica, que será obligatoria para todas las compañías, algunas inician el proceso el 1 de septiembre de 2018 y otras el 1 de enero de 2019, lo cual indica un avance significativo en el proceso de transformación digital de la contabilidad en el país.
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