Factura electrónica y régimen simple: cambios que debe conocer antes de fin de año

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Factura electrónica y régimen simple: cambios que debe conocer antes de fin de año

11 de septiembre de 2026

Factura electrónica y régimen simple: cambios que debe conocer antes de fin de año

Dos temas tributarios se cruzan constantemente en las preguntas que recibimos de comerciantes y pymes del Oriente Antioqueño: si están obligados a facturar electrónicamente y si les conviene, o no, estar en el Régimen Simple de Tributación. Aunque suenan técnicos, entender lo básico de cada uno evita sanciones y, en muchos casos, permite pagar menos impuestos de manera completamente legal.

La factura electrónica es obligatoria, con contadas excepciones, para toda persona natural o jurídica que realice actividades gravadas y esté obligada a facturar según el Estatuto Tributario; ya no es un tema exclusivo de las empresas grandes. Quienes venden montos pequeños y esporádicos pueden estar exceptuados mediante el documento equivalente, pero la tendencia normativa de la DIAN ha sido reducir cada vez más esas excepciones, por lo que conviene no asumir que su negocio está exento sin haberlo verificado con su contador.

El Régimen Simple de Tributación, por su parte, sigue siendo una alternativa atractiva para muchas pymes: unifica varios impuestos en una sola tarifa, reduce trámites y, en varios casos, disminuye la carga tributaria frente al régimen ordinario. Pueden pertenecer a él las personas naturales y jurídicas cuyos ingresos brutos anuales no superen el tope fijado por la ley, que se actualiza cada año en Unidades de Valor Tributario, y que no estén incursas en las causales de exclusión que la norma establece.

Para 2026, la Unidad de Valor Tributario quedó fijada por la DIAN en 52.374 pesos, cifra que sirve de referencia para calcular ese tope de ingresos y muchos otros valores tributarios del año. Sin embargo, dado que estos topes y porcentajes pueden tener ajustes normativos durante el año, la recomendación es siempre confirmar las cifras vigentes directamente con su contador o con la página oficial de la DIAN antes de tomar una decisión.

Septiembre es un buen momento para revisar estos dos temas con calma, antes de que el cierre de año llegue con afán. Estar bien clasificado tributariamente, y facturando como corresponde, no solo evita sanciones; muchas veces también significa una carga tributaria más justa para su empresa.

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