El acoso laboral es un tema que muchos empresarios del Oriente Antioqueño creen que solo ocurre en grandes corporaciones, pero la realidad es que en pymes y empresas familiares también se presenta —y muchas veces sin que nadie lo identifique como tal—. La Ley 1010 de 2006, actualizada con la reforma laboral Ley 2466 de 2025, obliga a todo empleador a prevenir y atender estas situaciones.
La ley define el acoso laboral como toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un trabajador con el fin de infundir miedo, intimidación, angustia o causar perjuicio. Existen varias modalidades: maltrato (humillaciones), persecución (carga de trabajo desproporcionada), discriminación, entorpecimiento, inequidad y desprotección laboral.
Toda empresa, sin importar su tamaño, debe tener un Comité de Convivencia Laboral conformado por representantes del empleador y de los trabajadores. Este comité es la primera instancia para recibir, escuchar y mediar en casos de acoso. En empresas pequeñas, el comité puede ser bipartito y funcionar con reglas simplificadas, pero no puede dejar de existir.
El Reglamento Interno de Trabajo —que debe actualizarse antes de junio de 2026 con la Ley 2466— debe incluir un capítulo claro sobre prevención y trámite de quejas por acoso laboral. Debe contemplar el procedimiento, los plazos, la confidencialidad y las sanciones aplicables a quienes incurran en estas conductas, sin importar su cargo o jerarquía.
La prevención empieza por la cultura organizacional. Capacite a sus líderes en comunicación respetuosa, establezca canales seguros para reportar incidentes y deje claro que el acoso no se tolera, venga de quien venga. Un ambiente laboral sano no solo cumple la ley: también reduce la rotación, aumenta la productividad y protege la reputación de su empresa.
Si recibe una queja, actúe con seriedad y sin tomar partido antes de investigar. Documente todo, escuche a las partes y aplique el procedimiento del reglamento. Un caso mal manejado puede derivar en demandas, sanciones del Ministerio del Trabajo y daño reputacional. Cuente con un asesor jurídico laboral para procesos delicados: la prudencia preventiva siempre es más económica que el remedio judicial.

