El pasado mes de diciembre la Cámara de Representantes y el Senado de la República aprobó la reforma tributaria que actualmente se encuentra vigente a partir de este primero de enero de 2017.
Estos son los puntos más relevantes que nos trae la presente reforma:
- Se elimina el impuesto al patrimonio para las empresas que tenían un patrimonio líquido (menos deudas) de más de $1.000 millones. Sin embargo, el impuesto que si sigue en forma permanente y sin fecha de eliminación es el Gravamen a los movimientos financieros o cuatro por mil.
- El umbral de persona naturales para declarar en el 2018, calculados con base en el Decreto 2243 de 2015 será de la siguiente manera:
Ver: Indicadores laborales, financieros y tributarios para el 2017.
- La tarifa general del IVA a partir del 1 de enero será del 19%. Quedando exentos productos de la canasta familiar como útiles escolares, medicamentos, computadores (inferior a $1.5), tabletas y celulares (inferior a $700.898), bicicletas (hasta $1.5 millones) y el internet para los estratos 1 y 2.
- Los productos de cuidado íntimo, tampones, las tollas higiénicas, aceites vegetales y bicicletas con valor superior de $1.5 millones quedaron gravados con un IVA del 5%.
- Motocicletas de más de 180 C.C. pagarán IVA del 19% y celulares de más de $700.898 pagarán IVA pleno, mientras que habrá impuesto al consumo del 4% para planes de datos celulares superiores a $45.000.
- Para las personas que evadan impuestos por un monto superior a $172.3 millones pagarán penas de prisión de entre 48 y 108 meses (4 a 9 años).
- El impuesto de renta para todas las empresas disminuirá gradualmente hasta quedar en 33% en el 2019, año en el que también habrá desaparecido por completo la sobretasa y el último año de pago de los impuestos de riqueza y CREE será el 2017.
- Para los dividendos de personas naturales colombianas tendrán un gravamen del 10% y para los inversionistas extranjeros el 5%. Los sindicatos, asociaciones gremiales, fondos de empleados, iglesias y confesiones religiosas no serán contribuyentes del impuesto de renta, pero deben presentar la declaración anual a la Dian.
- Los combustibles tendrán un gravamen llamado impuesto verde o al carbono de $135 pesos por cada galón de gasolina y de $152 para el acpm o diésel.
- Los negocios que tienen ingresos brutos entre $44 millones (1400 UVT) y $111 millones (3.500 UVT) de pesos tendrá el llamado monotributo que busca formalizarlos. Esta contribución empezará a ser pagada voluntariamente desde el 1 de enero de 2017 por pequeños comercios, tiendas y peluquerías. Estos comerciantes pagarían unos $80.000 pesos mensuales para que sus aportes vayan a salud y pensión. El monotributo cobijará a locales de menos de 50 metros cuadrados y se liquidará sobre el 1% de las utilidades.
- El Congreso de la República también aprobó un impuesto escalonado para los cigarrillos y el tabaco que será de $700 por cajetilla para el 2017 y otro monto similar para el 2018.
- Para desincentivar el uso de las bolsas plásticas estas tendrán un tributo que consistirá en pagar $20 pesos por cada bolsa plástica que use, este tributo subirá en forma gradual de $10 pesos hasta llegar a una tarifa máxima de $50 pesos por bolsa.
Descarga el texto completo de la reforma tributaria:
Ley 1819 del 29-dic-16 Reforma Tributaria Diario Oficial 50101